La aseguradora no quiere renovar el seguro de salud, ¿puede hacerlo?

puede una compañía de seguros no renovar la póliza

Un seguro de salud no tiene que durar toda la vida. Tanto el asegurador como el asegurado pueden finalizar el contrato, siempre y cuando sea posible. De hecho, una compañía de seguros puede no renovar la póliza atendiendo a una razón concreta. ¿Qué motivos pueden existir para tomar esta decisión? Ante una situación así, ¿qué puedes hacer como asegurado?

¿Puede una compañía de seguros no renovar la póliza?

Si quieres adelantarte y conocer la respuesta, basta con revisar las condiciones de tu seguro de salud. Ahí encontrarás un apartado asociado a su rescisión para que sepas los motivos por los que el contrato puede finalizar por cualquiera de las partes. 

Se trata de un seguro anual que suele renovarse de forma automática. Sin embargo, la compañía puede impedir que la prórroga continúe, algo que deberá comunicar al asegurado por escrito dentro del plazo indicado. 

Perder el derecho de cobertura puede deberse a múltiples factores que vamos a describir a continuación. De hecho, al tratarse de motivos establecidos por ley, la normativa de rescisión por la que se rige una compañía de seguros no difiere demasiado de las demás.

Al firmar una póliza de salud, debes ser consciente de que existen algunas obligaciones que has de cumplir (tanto igual sucede en el caso de la aseguradora), y si incumples algún requisito del contrato, la compañía puede negarse a hacer una renovación. 

Motivos que puede alegar una aseguradora para rescindir el contrato

Efectivamente, puede una compañía de seguros no renovar la póliza si lo cree conveniente, acogiéndose a lo dictaminado en la Ley de Contrato de Seguro. No obstante, una parte de los asegurados desconoce las razones por las que la compañía puede alegar la rescisión de su contrato. A continuación, vamos a aclararte este punto, enumerándolas una por una para que estés informado al respecto: 

  • Mentir, omitir información o proporcionar datos inexactos en el formulario de salud. Este documento ha de ser rellenado con anterioridad a la firma del contrato, de forma que la compañía pueda saber el riesgo que asume con el asegurado en cuestión. Si sufres una enfermedad grave y no lo incluyes en el formulario, una vez lo descubra la compañía, estará capacitada para dar por finalizado el contrato antes de su vencimiento. Tal y como señala la Ley de Contrato de Seguro, la rescisión deberá ir acompañada por una declaración escrita dirigida al tomador en el plazo de un mes desde la fecha en la que tuvo conocimiento de la falsedad del formulario.
  • Agravación del riesgo. Si durante la vigencia del contrato el asegurado sufre una lesión o enfermedad grave y decide no ponerlo en conocimiento de la compañía, la aseguradora tendrá potestad para rescindir el contrato. Y es que en estos casos, la aseguradora debería asumir un riesgo mayor del que ni siquiera está al corriente. Además, este puede ser un motivo de peso para encarecer la prima en la próxima renovación, algo que no procedería a hacer por desconocimiento. Ante esta situación, tal y como se especifica por ley, el asegurador podrá finalizar el contrato dentro de un mes a contar desde la fecha en la que supo la agravación del riesgo, decisión que deberá comunicar al asegurado por escrito. En cualquier caso, la compañía también podrá exponer una modificación de la póliza en un plazo de dos meses desde el día en que le fue declarada la agravación. 
  • Si el siniestro se produce antes de hacer efectivo el pago de la prima del seguro. Dicha ley, en su artículo 15 determina que si la prima no se ha pagado antes de producirse un siniestro, salvo que se pacte lo contrario, la compañía no estará obligada a cubrir los gastos derivados.
  • Cuando el asegurado actúa de mala fe. Si el siniestro ha sido provocado de forma deliberada y consciente por parte del tomador, la compañía no se hará responsable.
  • Se ha alcanzado el límite de edad máximo establecido por contrato. En ocasiones, las aseguradoras establecen un límite de edad y si el asegurado lo sobrepasa, pueden dejar de prestarle cobertura. De cualquier forma, es necesario hacer un inciso, pues en este caso, la compañía no se niega a renovar el contrato, sino que directamente queda extinto, según las condiciones establecidas en él. No obstante, también es posible encontrar aseguradoras que ofrezcan coberturas de por vida.

¿Puede hacerse algo al respecto?

Si es tu caso y la compañía ha decidido rescindir el contrato por algo que crees no haber incumplido, puedes presentar una reclamación ante el servicio de reclamaciones o de defensa del asegurado de la compañía que se trate o bien ante el Defensor del Asegurado, una instancia autónoma que resuelve cualquier reclamo presentado. 

Si decides hacerlo, ten en cuenta los plazos. Para conocerlos, al recibir la notificación de la compañía sobre la rescisión del contrato, contacta con su servicio de atención al cliente para que te informen sobre el tiempo del que dispones para presentar formalmente tu reclamación escrita. Si la compañía no cree que tengas razón, también puedes exponer tu caso en el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros.

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