Diferencias entre el seguro de vida y de decesos

diferencias entre seguro de vida y de decesos

A menudo se tiende a pensar que no es necesario contratar un seguro de decesos si ya se posee uno de vida. No obstante, aunque existen similitudes entre seguro de vida y decesos, las diferencias entre ambos son acusadas y ciertamente significativas. Así, por más que estas dos modalidades de seguro tengan en común el hecho de cubrir el mismo tipo de riesgo, es decir, el fallecimiento del asegurado, sus coberturas operan de modo muy distinto en una y otra clase de póliza.

Por tanto, elegir entre un seguro de vida y uno de decesos va a depender en última instancia de tus prioridades y de las coberturas que desees asegurar en cada caso. Ahora bien, debes tener en cuenta que no se trata de seguros incompatibles, sino complementarios, de modo que puedes perfectamente contratar un seguro de vida junto a uno de decesos, puesto que su finalidad es distinta.

Similitudes entre el seguro de vida y el de decesos

La principal similitud entre un seguro de vida y uno de decesos es que los dos comienzan a operar tras la muerte del asegurado, puesto que el riesgo cubierto en ambos casos no es otro que el fallecimiento del asegurado. Eso sí, los seguros de vida también pueden cubrir, además de dicho fallecimiento, la invalidez o incapacidad del asegurado.

Otra similitud entre estas dos clases de seguro es que ambos sirven para preservar la economía familiar en caso de que esta se vea perturbada por la muerte de uno de sus miembros.

Una última semejanza entre las dos clases de pólizas es que pueden incluir garantías adicionales a la que sería en cada caso su principal cobertura.

Diferencias

La principal diferencia entre seguro de vida y decesos radica en la propia esencia contractual de cada uno de ellos. Así, el seguro de decesos es básicamente un contrato de servicios, ya que a través de él contratas precisamente la prestación de una serie de servicios relacionados con el funeral del asegurado y los diferentes trámites administrativos asociados. En cambio, el seguro de vida va enfocado a ofrecer una compensación económica a los beneficiarios designados en la póliza en caso de fallecimiento o invalidez de dicho asegurado.

Diferencias en cuanto a coberturas

Con el seguro de decesos se cubren los gastos ocasionados por el sepelio o cremación del fallecido, tales como nicho, lápida, sepultura, traslados, tanatorio, etcétera, así como los trámites administrativos que puedan generarse al respecto. Se presta, por tanto, un servicio a los familiares del fallecido para que estos no tengan que preocuparse de sufragar los gastos del entierro ni las engorrosas gestiones necesarias.

El seguro de vida, en contrapartida, concede una indemnización de tipo económico a los beneficiarios que hayan sido designados en la correspondiente póliza. El importe de esta indemnización variará en función del capital que el tomador del seguro haya suscrito. El objetivo no es otro que mantener la estabilidad económica de tales beneficiarios.

Diferencias en cuanto a prima y suma asegurada

En un seguro de vida es el tomador quien elige la cantidad que quiere fijar en la póliza, la cual representa el capital que los beneficiarios percibirán cuando se produzca el fallecimiento. La suma asegurada tiene por ello un componente enteramente subjetivo, ya que es únicamente el tomador del seguro quien la determina. De ahí que la prima del seguro se decida desde el inicio de la contratación y solo varíe en caso de que decidas ampliar o disminuir el montante económico a percibir por los beneficiarios: a mayor capital, mayor prima, y viceversa.

Por el contrario, en el seguro de decesos es la propia compañía aseguradora la que determina el capital en función de un cálculo aproximado que realiza sobre el coste de los servicios funerarios y otras posibles coberturas que hayas decidido incluir en la póliza. En consecuencia, la prima será susceptible de variaciones atendiendo al incremento de precios que puedan sufrir los servicios que hayas contratado.

Diferencias en cuanto al asegurado

Los seguros de decesos pueden estipularse para cubrir a dos o más personas de una misma familia, de manera que en una única póliza queden aseguradas todas ellas. Además, pueden contratarse incluso para los recién nacidos. No obstante, si el asegurado es menor de edad, deben ser naturalmente sus padres o tutores quienes los contraten en su nombre.

Los seguros de vida, por el contrario, tienen un marcado carácter individual, por lo que es necesario contratar un seguro de vida por cada asegurado. Asimismo, la Ley del Contrato de Seguro prohíbe expresamente que se contraten seguros de vida para los menores de 14 años.

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