¿Qué cubre un seguro de decesos?

qué cubre un seguro de decesos

Son varios los servicios cubiertos por un seguro de decesos. Existen, por un lado, unas coberturas básicas, que vienen dadas por el servicio fúnebre en sí mismo, incluyendo féretro (o urna crematoria), coche fúnebre, lápida y demás componentes de dicho servicio; y también determinados trámites administrativos post mortem.

A estas coberturas básicas se pueden añadir, sin embargo, otras garantías, en función de lo que pactes al respecto con tu aseguradora y de los usos y costumbres particulares del lugar donde haya de realizarse el sepelio.

Coberturas de un seguro de decesos

Las prestaciones básicas incluidas en una póliza de decesos pueden ser de dos tipos:

  • Coberturas relacionadas con el servicio fúnebre.
  • Coberturas vinculadas a gestiones administrativas necesarias.

Coberturas incluidas en el servicio fúnebre

Lo normal es que tu póliza de decesos englobe un servicio funerario completo, pues no en vano se trata de la principal cobertura de todo seguro de decesos. Debe incluir ante todo el féretro o la urna crematoria, el servicio de acondicionamiento del cadáver en el tanatorio, el coche fúnebre para su traslado al cementerio y, por supuesto, los gastos correspondientes a la inhumación o la incineración.

Lo habitual es que la póliza también comprenda el coste de la sala del tanatorio, el servicio religioso, la lápida, el coche de acompañamiento para los allegados, servicio de flores e incluso recordatorios.

La aplicación concreta de las garantías va a depender, no obstante, de la localidad donde se efectúe el sepelio. Así, por ejemplo, si la costumbre del lugar fija que sean dos las coronas de flores, el seguro se hará cargo de las dos, en tanto que si lo habitual es que solo sea una, la aseguradora solo costeará dicha única corona.

Ocurre lo mismo con el material de la lápida (mármol, granito, etcétera): la aseguradora no atenderá necesariamente al deseo de los familiares del asegurado, sino al material que se emplee habitualmente en el cementerio en cuestión.

Coberturas relacionadas con gestiones administrativas

Las coberturas de un seguro de decesos suelen abarcar también muchas de las gestiones burocráticas derivadas del fallecimiento. Así, entre otros trámites, se trataría delos siguientes:

  • Obtención de la licencia de enterramiento o de incineración.
  • Inscripción del fallecimiento en el Registro Civil.
  • Obtención del correspondiente certificado de defunción.
  • Solicitud de la pensión de viudedad u orfandad.
  • Baja del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Baja del Libro de Familia.
  • Liquidación del Impuesto de Sucesiones.

¿Qué cubre de manera opcional un seguro de decesos?

Los seguros de decesos se han ido adaptando con el tiempo a las necesidades de los ciudadanos, de modo que ya no suelen limitarse al servicio funerario básico y a los trámites burocráticos más inmediatos, sino que cada vez tienden más hacia lo que sería una gestión integral del siniestro. Es por ello que de forma opcional puedes pactar con tu compañía una serie de garantías adicionales mucho más amplias.

Entre estas coberturas opcionales, una de las más comunes es el traslado del asegurado y, en su caso, de sus allegados, cuando el fallecimiento lo sorprende en una localidad distinta a la de su residencia. También puede pactarse como garantía opcional la repatriación del asegurado si este muere en el extranjero.

La asistencia psicológica a familiares, la gestión del testamento, la asistencia en viaje o el asesoramiento jurídico constituyen otras garantías adicionales que puedes añadir a tu seguro de decesos.

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